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Artículo 62 de la Ley 16.741

Establece normas para saneamiento de los titulos de dominio y urbanizacion de poblaciones en situacion irregular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28648 / 7177558.

Texto oficial

Artículo 62° Se faculta a las Municipalidades para efectuar aportes a las obras de urbanización de las poblaciones a que se refiere esta ley, e incluso invertir fondos de los consultados en el artículo 82°, inciso 1°, de la ley 11.860, para nuevas obras de adelanto local.