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Artículo 5 de la Ley 16.765

Autoriza a la caja de prevision de la defensa nacional para efectuar las inversiones que indica. al presidente de la república para hacer la donacion que señala. declara bien efectuados los pagos que menciona y modifica los dfl. n°s 4 y 6, de 1966.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28656 · idParte: 5979254

Texto oficial

Artículo 5°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al DFL. N° 6, de 27 de Agosto de 1966, publicado en el Diario Oficial N° 26.588, de 11 de Noviembre del mismo año: a) En la letra c) del N° 7 de la letra B) del artículo 4°, suprímese el cargo de "Asesor Estadístico Dirección del Personal del Ejército" (IV Categoría) y reemplázase en la suma total el guarismo "32" por "31", y b) En la letra A) N°1, del artículo 4°, sustitúyese el guarismo "5" de "Jefes de Sección" por "6" y en la suma total "17" por "18".