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Artículo 5 de la Ley 16.768 · Modifica el dfl. n° 213, de 1953

Modifica el dfl. n° 213, de 1953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28657 / 8831077.

Texto oficial

Artículo 5°- Sustitúyese la letra b) del artículo 41° de la Ordenanza de Aduanas contenida en el DFL. N° 213, de 1953, por la siguiente: "b) Dictar los reglamentos de régimen interno y los manuales de funciones o de procedimientos necesarios o convenientes para el cumplimiento de la legislación aduanera, como, asimismo, las normas, órdenes e instrucciones que requiera la buena marcha del Servicio.".