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Artículo 9 de la Ley 16.773

Establece escala de tasas al impuesto a la renta minima presunta. modifica la ley n° 16.272, y autoriza al presidente de la república para formar una comision redactora que elabore el proyecto de estatutos de la fundacion universidad tecnica federico santa maria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28660 / 8796575.

Texto oficial

Artículo 9°.- El recargo indicado en el inciso primero del artículo 99° de la ley N.o 16.250, se aplicará al impuesto adicional correspondiente al año tributario 1968, y se pagará conjuntamente con éste.