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Artículo 3 de la Ley 16.798 · Autoriza a la municipalidad de san esteban para contratar prestamos

Autoriza a la municipalidad de san esteban para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28669 / 8283277.

Texto oficial

Artículo 3°- El producto del o los empréstitos autorizados contratar por la presente ley deberá ser invertido en los siguientes fines: 1) Extensión de las redes de energía eléctrica a nuevos sectores de la comuna, debiéndose dar preferencia a los Olmos, El Cobre, Los Chacayes, Primera Quebrada y Paidahuén _ _ _ _ _ E° 50.000,- 2) Terminación y alhajamiento del Edificio Municipal _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 30.000,- 3) Aporte para la instalación de telé- fonos públicos en San Esteban, Calle Foncea, Cariño Botado, Lo Calvo y La Florida _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 30.000,- 4) Reparación y equipamiento Teatro Municipal _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 20.000,- 5) Construcción Policlínica en Campos de Ahumada _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 15.000,- 6) Aporte para un plan de urbanización que consulte apertura de nuevas calles, veredas, soleras, arreglo Plaza y diversas obras en las pobla- ciones de la comuna después de dar término a los trabajos que habiliten definitivamente la calle San José en Lo Calvo _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 50.000,- 7) Arreglo Estadio Municipal _ _ _ _ _ 10.000,- 8) Adquisición de terreno para campo deportivo en Lo Calvo, para Club De- portivo Nogales en Tocornal y para Club Deportivo Unión de Foncea y Unión Cordillera de Lo Calvo, de- biéndose dar prioridad al sector que ofrezca mayor aporte de recursos _ _ _ 15.000,- 9) Construcción puente sobre el río Aconcagua en sector Los Chacayes _ _ _ 5.000,- 10) Ensanche y mejoramiento del camino de San Esteban a Campos de Ahumada _ _ _ 20.000,- Total _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 245.000,-