Texto oficial
ARTICULO 82.- Modifícase en la planta de la Dirección
de Aprovisionamiento del Estado la designación de los
cargos "Ingeniero Jefe del Departamento de Adquisiciones" e
"Ingeniero Subjefe del Departamento Adquisiciones" por "Jefe
del Departamento Adquisiciones" y "Subjefe del Departamento
Adquisiciones".
En el inciso primero del artículo 5° del DFL. N° 177,
de 1960, elimínase la referencia al Departamento de
Adquisiciones y agrégase a dicho artículo el siguiente
inciso:
"Para ser designado en los cargos de Jefe y Subjefe del
Departamento de Adquisiciones será necesario estar en
posesión del título profesional o técnico universitario o
que se acredite, a juicio del Director, tener experiencia en
la materia correspondiente, no inferior a diez años.".