Texto oficial
ARTICULO 182.- Destínase la suma de E° 1.200.000 al
Instituto del Mar, dependiente de la Universidad Católica
de Valparaíso, para el pago de remuneraciones, mantención
y habilitación de sus actuales escuelas, de dependencias,
investigaciones en el área del transporte marítimo, y para
cursos de capacitación del personal marítimo y actividades
complementarias.
Estos recursos ingresarán a una cuenta especial en la
Tesorería General de la República, de la cual sólo podrá
girar, para los fines señalados, el Director del Instituto
del Mar.
El Director del Instituto del Mar fijará y
administrará autónoma y separadamente su presupuesto y, en
igual forma, determinará los planes de estudios e
investigación y los egresos a que ellos den lugar, debiendo
dar cuenta de su inversión a la Contraloría General de la
República.