Texto oficial
ARTICULO 187.- Introdúcese la siguiente modificación a
la ley N° 16.391:
Agrégase al artículo 5° el siguiente inciso final:
"Las normas, instrucciones y resoluciones que se
impartan por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el
Subsecretario y el Director General de Planificación y
Presupuesto, según corresponda, a las instituciones a que
se refieren las letras a), b), c), d), e) y h) del inciso
anterior, serán de carácter obligatorio para dichas
instituciones y los Jefes Superiores de ellas serán
responsables de su cumplimiento.".