Texto oficial
ARTICULO 189.- Intercálanse en el Párrafo de la letra
b) del artículo 87 de la ley N° 16.735, a continuación de
las palabras "Superintendencia de Seguridad Social", las
palabras "Superintendencia de Compañías de Seguros,
Sociedades y Anónimas y Bolsas de Comercio y
Superintendencia de Bancos".