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Artículo 257 de la Ley 16.840

Reajusta sueldos y salarios. modifica y crea las plantas de personal que indica. suplementa el presupuesto vigente. modifica impuestos. aprueba normas varias del sector publico. modifica las leyes y decretos con fuerza de ley que señala. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28681 / 8751542.

Texto oficial

ARTICULO 257.- La Corporación de Fomento de la Producción, por intermedio del Instituto Corfo del Norte, podrá poner a disposición de la Municipalidad de Mejillones la suma de E° 435.000.- en calidad de préstamo para ser destinada a la construcción de la primera etapa del alcantarillado de esa ciudad. El préstamo a que se refiere el inciso anterior deberá ser amortizado en un plazo de cuatro años, a partir de 1969, en cuotas iguales, sin intereses, debiendo destinarse para ello los fondos que corresponda percibir a la Municipalidad de Mejillones por concepto de la aplicación de la ley N° 11.828, cuyo texto definitivo fue fijado por la ley N° 16.624, de 15 de mayo de 1967.