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Artículo 267 de la Ley 16.840

Reajusta sueldos y salarios. modifica y crea las plantas de personal que indica. suplementa el presupuesto vigente. modifica impuestos. aprueba normas varias del sector publico. modifica las leyes y decretos con fuerza de ley que señala. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28681 / 8751552.

Texto oficial

ARTICULO 267.- La ampliación del horario de asistencia del personal de la Contraloría General de la República que disponga el Contralor en virtud de la facultad que le confiere el artículo 8° de la ley N° 9.687 será considerada como trabajo extraordinario y no estará sometida a las limitaciones del artículo 79° del Estatuto Administrativo.