Texto oficial
ARTICULO 281.- Transfórmanse seiscientas horas de
clases de la Primera Categoría del Programa 2.7 de
Educación Normal y 134 cátedras universitarias del
Programa 2.8 de Perfeccionamiento de Normalistas de la
Dirección de Educación Primaria y Normal de 1.964 horas de
Segunda Categoría para el Programa 2.8 de Perfeccionamiento
de Normalistas de dicha Dirección, del Ministerio de
Educación Pública.