Texto oficial
ARTICULO 290.- Se faculta al Director de la Empresa
Portuaria de Chile para poner a disposición de la
Municipalidad de Talcahuano y de los Organismos Públicos
competentes, con cargo al ítem 12/03/06.111.006 del
Presupuesto de Capital en moneda corriente de la misma
Empresa, vigente para el presente año, las sumas destinadas
a cubrir los gastos e indemnizaciones que demande la compra
o expropiación de los terrenos necesarios para la
construcción de una calle que estará ubicada entre la
Avenida Latorre de la comuna de Talcahuano y la nueva
Población "La Gloria" situada en el sector Monte Redondo de
esta misma comuna; y los gastos que demande la construcción
de la misma vía. Además podrá con cargo a estos fondos
pagar los gastos e indemnizaciones que demande la
erradicación de los habitantes de los terrenos que se han
destinado a la Empresa Portuaria para la construcción del
puerto de San Vicente.