Texto oficial
Artículo 9°.- Extiéndese a las disposiciones de la presente ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2° de la ley número 4.544, de 25 de Enero de 1929.
Crea comuna - subdelegacion de llanquihue en el departamento de puerto varas, provincia de llanquihue
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28683 / 8283343.