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Artículo 16 de la Ley 16.894 · Modifica la ley n° 12.937, y otras que indica

Modifica la ley n° 12.937, y otras que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28694 · idParte: 7177891

Texto oficial

Artículo 16.- Terminadas las obras a que se refiere el artículo anterior, los mencionados recursos se destinarán a CORFO Norte para que los emplee íntegramente en el desarrollo de planes habitacionales de viviendas obreras, de urbanización y saneamiento de poblaciones, en las provincias de Atacama y Coquimbo.