Texto oficial
Artículo 15.- Introdúcense las siguientes
modificaciones a los artículos que se señalan de la Ley
N° 16.643, de 4 de Septiembre de 1967, que fijó el texto
definitivo de la Ley sobre Abusos de Publicidad:
ARTICULO 7.° Suprímese el inciso primero.
ARTICULO 8.° Suprímese en el inciso primero la frase
"inciso primero del".
ARTICULO 13 Intercálase en el inciso segundo, entre
comas, y a continuación de la palabra "personal", la frase
"por cada año de servicios".