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Artículo 12 de la Ley 16.930 · Reajusta las remuneraciones que señala

Reajusta las remuneraciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28709 / 7177931.

Texto oficial

Artículo 12.o- Declárase que el personal docente de las Escuelas de Aplicación Anexas al Instituto Pedagógico Técnico de la Universidad Técnica del Estado tuvo derecho a percibir la asignación de título conforme a lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 23 de la ley N.o 16.464. Para tal efecto la Tesorería General de la República pondrá a disposición de la Universidad Técnica del Estado la suma de E° 44.001.- con la cual se entenderá totalmente cancelado este derecho.