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Artículo 3 de la Ley 16.950

Autoriza a la municipalidad de corral para contratar emprestitos hasta por la suma de e° 500.000 para los fines que indica; para su servicio establece un tributo de un 1% al valor de produccion de la pulgada de madera aserrada en la comuna de corral, y destina al mismo objeto el rendimiento de la tasa parcial sobre el avaluo imponible de los bienes raices de la comuna, establecida en la letra e) del articulo 2° del decreto de hacienda 2.047, de 29 de julio de 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28715 / 8283510.

Texto oficial

Artículo 3° La Municipalidad de Corral deberá invertir el producto del o los empréstitos autorizados, en los siguientes fines: a) Construcción de la Plaza Lord Cochrane ___________________________ E° 30.000 b) Construcción de un Kiosco en la Plaza Lord Cochrane ________________ 20.000 c) Terminación y ampliación del Edificio Consistorial ______________ 50.000 d)Adquisición de mobiliario ________ 30.000 e) Adquisición de vehículos motorizados para el servicio municipal _________ 60.000 f) Erogación para construcción del camino de Corral a Valdivia ________ 90.000 g) Construcción del Matadero Municipal __________________________ 50.000 h) Terminación del Cementerio Municipal __________________________ 10.000 i) Construcción de una cancha de básquetbol _________________________ 5.000 j) Instalación de alumbrado público en la Plaza Lord Cochrane __________ 10.000 k) Hermoseamiento e instalación de juegos infantiles en la Plaza Pastene ____________________________ 10.000 l) Construcción de una feria o mercado municipal __________________ 50.000 m) Adquisición de terrenos para cancha de fútbol __________________________ 25.000 n) Adquisición de terrenos para poblaciones obreras ________________ 60.000 ___________ TOTAL ______________________________ E° 500.000 ___________