Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 17.029 · Autoriza a la municipalidad de negrete para contratar los emprestitos que señala

Autoriza a la municipalidad de negrete para contratar los emprestitos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28759 / 8283719.

Texto oficial

Artículo 4°- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento del impuesto del uno por mil comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Negrete, señalado en la letra e) del decreto de Hacienda N° 2.047. de 29 de Julio de 1965, reglamentario de la ley N° 15.021.