Texto oficial
Artículo 4°- En los ítem del Presupuesto de Capital
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, del
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, se incluyen todos los
gastos inherentes al estudio y construcción de obras, tales
como adquisición de maquinarias en general, conservación,
reparación y consumo de las mismas, materiales de
construcción, jornales, asignación de traslado, viáticos
y asignaciones familiares de obreros.