Texto oficial
Artículo 16.- A los organismos a que se refiere el
artículo 208, de la ley N° 13.305 y a las Municipalidades
les será aplicable el artículo 47, del DFL. N° 47, del
año 1959, Orgánico de Presupuestos.
Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion para el año 1969
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28781 / 8757132.