Texto oficial
Artículo 92.- Facúltase al Presidente de la República
para que venda lotes de terrenos fiscales de una superficie
de aproximadamente 20.000 héctareas, ubicados en las
provincias de Atacama y Coquimbo.
Estos terrenos deberán ser destinados al
establecimiento de observatorios astronómicos e
instalaciones anexas, que permitan el estudio de la
Astrofísica en Chile.
El precio de venta será igual a la tasación que al
efecto practique el Servicio de Impuestos Internos.