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Artículo 8 de la Ley 17.073 · Establece normas tributarias que señala

Establece normas tributarias que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28782 · idParte: 8944054

Texto oficial

Artículo 8°- Facúltase al Presidente de la República para fijar el texto del Código Tributario, para lo cual podrá refundir en un solo cuerpo legal el DFL. N° 190, de 5 de Abril de 1960, y sus modificaciones posteriores, incluidas las de la presente ley. Al fijar dicho texto que conservará la denominación DFL. N° 190, de 5 de Abril de 1960, el Presidente de la República podrá actualizar referencias y citas legales y sistematizar y coordinar la titulación y articulado del mencionado decreto con fuerza de ley.