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Artículo 30 de la Ley 17.073 · Establece normas tributarias que señala

Establece normas tributarias que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28782 · idParte: 8944076

Texto oficial

Artículo 30.- La Corporación de Servicios Habitacionales condonará los intereses penales, sanciones y multas que se hubieren originado por rentas de arrendamiento o dividendos atrasados con anterioridad a la fecha de la publicación de la presente ley, a los ocupantes de las viviendas de la Población Juanita Aguirre Cerda, de la comuna de Conchalí, que celebraren convenios de pago con aquélla y cumplieren los requisitos que la misma determine, antes del 31 de Abril de 1969".