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Artículo 56 de la Ley 17.073 · Establece normas tributarias que señala

Establece normas tributarias que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28782 · idParte: 8944102

Texto oficial

Artículo 56.- Autorízase al Director de la Casa de Moneda de Chile para fijar la planta Paratécnica y dar cumplimiento con ello a las leyes N°s. 15.467, 15.944 y 16.386 sobre la base de transferir personal actualmente en funciones en calidad de a jornal a dicha planta, sin la exigencia del artículo 14 del DFL. 338, de 1960. En ningún caso el monto de la remuneración imponible de dicho personal podrá ser inferior a la renta imponible que tuviere en el momento de ser transferido de planta. Toda diferencia entre esta última renta y la que resultare al efectuar los encasillamientos se continuará pagando en planilla suplementaria con cargo a los recursos del artículo 7° de la ley N° 9.856. El 55% del costo de la planta Paratécnica se financiará con cargo al presupuesto de jornales de la Casa de Moneda de Chile y el 45% restante será de cargo de los recursos del artículo 7° de la ley N° 9.856, para cuyo efecto el Director de la Casa de Moneda de Chile podrá, trimestralmente, girar en forma global de Tesorería hasta dicho 55%, para abonarlo a la cuenta corriente del artículo 7° ya citado que se mantiene en el Banco Central de Chile. El personal de la planta Paratécnica tendrá todos los derechos y beneficios de los empleados de la Casa de Moneda de Chile.