Texto oficial
Artículo 5°.- La exención del impuesto del 5% en
favor de la Corporación de la Vivienda que se establece en
esta ley para las sociedades de profesionales, regirá a
contar del año tributario 1970.
Establece normas tributarias que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28782 / 8944120.