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Artículo 2 de la Ley 17.093 · Señala normas en favor de la poblacion san pedro, de san antonio, y otras disposiciones

Señala normas en favor de la poblacion san pedro, de san antonio, y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28790 / 7178079.

Texto oficial

Artículo 2.°- Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente estos terrenos a sus actuales pobladores, siempre que acrediten estar viviendo en ellos desde hace cinco años a lo menos, con anterioridad a la publicación de esta ley en el Diario Oficial.