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Artículo 2 transitorio de Colegio de Bibliotecarios

Crea el colegio de bibliotecarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28806 / 7178184.

Texto oficial

Artículo 2°.- Cinco de los miembros del primer Consejo General permanecerán en ejercicio por dos años. Su designación se efectuará por sorteo.