Texto oficial
Artículo 3.- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley.
Deroga ley n° 16.804 que autoriza a la municipalidad de algarrobo para contratar el prestamo que señala
idNorma: 28821 · idParte: 8283858