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Artículo 4 de la Ley 17.215 · Autoriza a la municipalidad de la florida para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de la florida para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28835 / 8283905.

Texto oficial

Artículo 4°- La Municipalidad de La Florida servirá los empréstitos que se autoriza contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destine a este objeto el decreto de Hacienda número 2.047, de 29 de Julio de 1965. En caso que estos recursos fueren insuficientes para atender el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad deberá completar la suma necesaria con cargo al ítem "Obras Nuevas" del Presupuesto Municipal.