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Artículo 5 de la Ley 17.215 · Autoriza a la municipalidad de la florida para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de la florida para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28835 / 8283906.

Texto oficial

Artículo 5°- En el caso de contratarse en parte o no contratarse los empréstitos a que se refiere el artículo 1°, autorízase a la Municipalidad de La Florida para percibir directamente el uno por mil mencionado en el artículo anterior, para el solo efecto de satisfacer la finalidad señalada en el artículo 3°.