Texto oficial
Artículo 5°- En el caso de contratarse en parte o no contratarse los empréstitos a que se refiere el artículo 1°, autorízase a la Municipalidad de La Florida para percibir directamente el uno por mil mencionado en el artículo anterior, para el solo efecto de satisfacer la finalidad señalada en el artículo 3°.