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Artículo 1 transitorio de la Ley 20.338 · Crea el subsidio al empleo

Crea el subsidio al empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 288479 / 8468651.

Texto oficial

Artículos Transitorios Artículo 1°.- La presente ley entrará en vigencia a contar del primer día del tercer mes de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio de que pueda dictarse a contar de la fecha de su publicación el decreto a que se refiere el inciso final del artículo 10.