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Artículo 19 de la Ley 17.235 · Fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la ley sobre impuesto territorial.

Fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la ley sobre impuesto territorial.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28849 · idParte: 8242557

Texto oficial

Artículo 19°.- No obstante lo dispuesto en el artículo 16°, en los sectores de las comunas de Providencia, de Magallanes y de Maipú que cuenten con alcantarillado municipal y en los sectores de la comuna de Maipú que cuenten con servicio de agua potable municipal, el producto de las tasas parciales correspondientes a estos servicios, será de beneficio municipal y se ingresará en la cuenta municipal respectiva, en las condiciones que señala el inciso primero del artículo 17°.