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Artículo 7 de la Ley 17.252

Modifica la denominacion de la actual planta auxiliar de operacion transporte de la empresa de transportes colectivos del estado, por la de "planta de operacion transporte"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28860 / 8758631.

Texto oficial

ARTICULO 7° Derógase el artículo 21° del decreto con fuerza de ley 169, de 5 de abril de 1960. Se aplicará al personal de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 172° del decreto con fuerza de ley 338, de 1960.