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Artículo 96 de la Ley 17.271 · Ley de presupuestos para el año 1970

Ley de presupuestos para el año 1970

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28877 · idParte: 8757331

Texto oficial

Artículo 96°- Condónase las sumas adeudadas por la Empresa Marítima del Estado al 31 de Diciembre de 1968 por concepto del impuesto al turismo establecido en la ley N° 5.767.