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Artículo 8 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28882 / 8526085.

Texto oficial

ARTICULO 8° El Consejo Nacional de Deportes es una institución integrada por las Federaciones Deportivas Nacionales que se encuentran afiliadas a él y es la máxima autoridad de estas Federaciones. En lo no consultado en la presente ley, el Consejo Nacional de Deportes se regirá por sus propios Estatutos.