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Artículo 54 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28882 · idParte: 8526136

Texto oficial

ARTICULO 54° La Dirección General de Deportes y Recreación, al invertir los fondos que le proporciona la presente ley, destinará un 2% del producto del artículo 49 al fomento del deporte y la recreación universitarios.