Texto oficial
Artículo 49°.- Los trabajos de habilitación y
reconstrucción de la casa en que nació Gabriela Mistral,
en la ciudad de Vicuña, del mismo modo que el
establecimiento de un museo para honrar la memoria de la
ilustre poetisa, a que se refiere el artículo 3° de la ley
N° 16.719, estarán a cargo del Ministerio de Educación
pública, que los ejecutará a través de la Sociedad
Constructora de Establecimientos Educacionales S.A., con
cargo a los fondos a que se refiere el artículo 4° de esa
ley.
La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes pondrá a disposición del
Ministerio de Educación Pública los fondos que se hubieren
entregado para su realización.