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Artículo 2 de la Ley 17.295 · Crea registro nacional de empleados de farmacia

Crea registro nacional de empleados de farmacia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28899 / 5980822.

Texto oficial

Artículo 2.°- El mencionado Registro tendrá por objeto la tuición, supervigilancia, perfeccionamiento y protección de los empleados de farmacia.