Saltar al contenido

Artículo 8 de la Ley 17.312 · Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar emprestitos que indica

Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar emprestitos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28910 / 8762567.

Texto oficial

Artículo 8°- Derógase la ley N° 15.398, modificada por las leyes N°s 15.731 y 17.056. En el caso de existir recursos originados por las disposiciones derogadas, ellos serán utilizados en los objetivos previstos en esta ley.