Texto oficial
Artículo 8°- Derógase la ley N° 15.398, modificada
por las leyes N°s 15.731 y 17.056.
En el caso de existir recursos originados por las
disposiciones derogadas, ellos serán utilizados en los
objetivos previstos en esta ley.
Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar emprestitos que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28910 / 8762567.