Crea el comite programador de inversiones de iquique y pisagua para los fines que indica y condona a los contribuyentes morosos en el pago de impuestos y contribuciones, los intereses, recargos, sanciones y multas reducidos en los porcentajes que indica, adeudados al fisco o a las municipalidades
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28911 / 8831131.
Texto oficial
ARTICULO 17.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 5° del D.F.L. N° 6, de 15 de Septiembre de 1969:
"En todo caso podrán ingresar a los recintos y/o almacenes de la Zona Franca maquinarias que sean utilizadas o que presten servicios en las diversas operaciones mencionadas".