Saltar al contenido

Artículo 3 transitorio de la Ley 17.318

Aprueba normas para cuentas de ahorro y otras operaciones del banco del estado de chile. crea comision nacional del ahorro. modifica ley sobre impuesto a la renta. modifica leyes que señala. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28915 / 8757446.

Texto oficial

ARTICULO 3° Declárase que las diferencias que se produzcan contra el Banco del Estado de Chile con motivo de los préstamos en "Unidades de Fomento" que otorgue a los agricultores de las provincias comprendidas entre Coquimbo y Arauco, con cargo al préstamo por US$ 9.575.000 que recibe según convenio suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con fecha 14 de mayo de 1969, y que provengan del mayor valor del tipo de cambio en relación con la variación del índice de precios al consumidor de la Dirección de Estadística y Censos, que determina el valor de las indicadas Unidades de Fomento, serán de cargo del Fisco de Chile. Asimismo, serán de cargo del Fisco de Chile las diferencias que se produzcan contra el Instituto de Financiamiento Cooperativo (IFICOOP Ltda.) con motivo de los préstamos reajustables que haya otorgado u otorgue a las entidades regidas por la Ley General de Cooperativas, con cargo al préstamo por US$ 3.650.000 que recibe según convenio N° 513-L-026 suscrito con la Agencia Internacional de Desarrollo (AID) con fecha 21 de octubre de 1966, y que provengan del mayor valor del tipo de cambio en relación a la variación del índice que determine el reajuste de los préstamos. Dichas diferencias se liquidarán anualmente y se pagarán directamente por el Banco Central de Chile con cargo a la participación que le corresponde al Fisco en las utilidades de dicho Banco. Para tal objeto, el Banco Central de Chile quedará facultado para aprobar las liquidaciones que en el Banco del Estado de Chile y el Instituto de Financiamiento Cooperativo IFICOOP Ltda. le presenten, sin necesidad de decreto supremo.