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Artículo 5 de la Ley 17.341

Libera de pagar pasajes que indica a los profesores que señala. concede facultades al presidente de la república para modificar las plantas que menciona

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28938 · idParte: 9045982

Texto oficial

ARTICULO 5° Sustitúyese en el artículo 51° de la ley 17.288 a continuación de la palabra "establecimiento" la frase "de enseñanza media" por la expresión "educacional".