Texto oficial
ARTICULO 12° Las imposiciones adicionales establecidas
en los artículos 49 de la ley 14.171 y 11°, letra c) de la
ley 15.386 se determinarán sobre las remuneraciones
mensuales imponibles de los empleados particulares acogidos
al régimen de previsión de la Caja de Previsión de
Empleados Particulares.