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Artículo 35 de la Ley 17.365 · Aprueba normas previsionales que indica. modifica leyes que señala.

Aprueba normas previsionales que indica. modifica leyes que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28953 / 9098828.

Texto oficial

ARTICULO 35° Sustitúyese en el inciso final del artículo 19° del texto refundido de la ley de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, contenido en el decreto 606, de 2 de junio de 1944, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la palabra "seis" por "ocho".