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Artículo 49 de la Ley 17.365 · Aprueba normas previsionales que indica. modifica leyes que señala.

Aprueba normas previsionales que indica. modifica leyes que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28953 / 9098842.

Texto oficial

ARTICULO 49° Agrégase al final del artículo 2° del decreto con fuerza de ley 326, de 25 de julio de 1953, lo siguiente: "Para optar a la pensión de retiro por la causal señalada en la letra a) del párrafo anterior se exigirá sólo tres años como imponente; para optar a la pensión de retiro por las causales señaladas en las letras c) y d) se exigirán diez años como imponente.".