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Artículo 14 de la Ley 17.382

Establece, desde la fecha que indica, el impuesto que señala, a las mercaderias que se internen por la provincia de chiloe.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28968 / 9046154.

Texto oficial

ARTICULO 14° No se aplicará a la Empresa Nacional del Petróleo, respecto de las adquisiciones que efectúe en la provincia de Magallanes, lo dispuesto en el artículo 76° de la ley 17.271.