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Artículo 15 de la Ley 17.382

Establece, desde la fecha que indica, el impuesto que señala, a las mercaderias que se internen por la provincia de chiloe.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28968 / 9046155.

Texto oficial

ARTICULO 15° Facúltase al Presidente de la República para autorizar al Instituto Corfo de Chiloé para contratar hasta 10 topógrafos con cargo a su presupuesto corriente, con el fin de que los ponga a disposición del Ministerio de Tierras y Colonización para efectuar la mensura de tierras en la provincia de Chiloé y acelerar la regularización de los títulos de dominio de los propietarios de predios situados en la misma.