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Artículo 9 de la Ley 17.383 · Crea colegio de laboratoristas dentales de chile

Crea colegio de laboratoristas dentales de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28969 / 7179012.

Texto oficial

Artículo 9°.- Los Consejeros durarán tres años en sus cargos, los que se servirán ad-honorem, y podrán ser reelegidos indefinidamente.