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Artículo 7 de la Ley 17.387

Modifica ley n°. 12.522 que concede beneficios a montepiadas de la caja de retiros y prevision social de los ff.cc. del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28971 · idParte: 8916536

Texto oficial

Artículo 7.o- Sustitúyese en el artículo 3.o, de la letra c), de la ley N.o 12.522, "18 años" por "21 años en caso de seguir estudios regulares.".